Efectos fiscales del divorcio: qué tener en cuenta tras la separación

El divorcio no solo supone un cambio importante a nivel personal y familiar. También tiene consecuencias fiscales que conviene conocer con antelación para evitar errores en las declaraciones y posibles problemas con la Agencia Tributaria. Tras la disolución del matrimonio, la situación económica y tributaria de cada ex-cónyuge pasa a analizarse de forma individual, lo que afecta a distintos impuestos y obligaciones.
Desde la experiencia de un abogado de divorcio en Huelva, es habitual que muchas personas desconozcan cómo influye el divorcio en la renta, las pensiones o el reparto de bienes. Por ello, a continuación se exponen los principales efectos fiscales que pueden derivarse de un divorcio o separación.
El divorcio y la declaración del IRPF
Uno de los primeros aspectos que cambia tras el divorcio es la forma de presentar la declaración de la renta. A efectos fiscales, la situación personal y familiar que se tiene en cuenta es la existente a 31 de diciembre.
Si la sentencia de divorcio se ha dictado antes de esa fecha, ya no es posible presentar una declaración conjunta como matrimonio. Cada ex-cónyuge deberá realizar su propia declaración de IRPF de manera individual.
Unidad familiar y custodia de los hijos
Tras la separación o el divorcio, solo uno de los progenitores puede formar unidad familiar con los hijos a efectos fiscales. Esta situación dependerá de a quién se haya atribuido la guarda de los menores:
- Cuando la guarda es exclusiva, el progenitor con el que conviven los hijos puede optar por la tributación conjunta con ellos.
- En casos de guarda compartida, los progenitores deben decidir en qué declaración se incluyen los menores, pudiendo alternarse por ejercicios.
Estas decisiones influyen directamente en las reducciones y mínimos aplicables en el IRPF.
Tratamiento fiscal de las pensiones tras el divorcio
Las pensiones acordadas en un procedimiento de divorcio tienen un impacto fiscal distinto según su naturaleza y siempre que estén recogidas en una resolución judicial.
Pensión de alimentos
La pensión de alimentos destinada a los hijos no se considera un gasto deducible para quien la paga. Tampoco reduce la base imponible del IRPF.
Para los hijos que la reciben, estas cantidades están exentas y no deben declararse.
En situaciones de guarda compartida, el mínimo por descendientes se aplica de forma prorrateada entre ambos progenitores, siempre que exista resolución judicial.
Pensión compensatoria
La pensión compensatoria tiene un tratamiento fiscal diferente:
- Para quien la abona, supone una reducción en la base imponible, dentro de los límites establecidos.
- Para quien la recibe, las cantidades percibidas deben declararse como rendimientos del trabajo, aunque no estén sujetas a retención.
Por este motivo, es importante que estos acuerdos estén correctamente formalizados y reflejados en la sentencia o en el convenio regulador aprobado judicialmente.
Reparto de bienes y fiscalidad
Otro de los puntos clave tras el divorcio es la liquidación del régimen económico matrimonial y el reparto de los bienes comunes.
Vivienda familiar y adjudicaciones
Cuando la vivienda era propiedad de ambos cónyuges y, tras el divorcio, se adjudica a uno solo:
- Si cada parte recibe lo que le corresponde, no suele existir tributación por transmisiones.
- Si uno de los ex-cónyuges recibe una parte superior a la que le correspondería, pueden surgir obligaciones fiscales adicionales, dependiendo de si existe o no compensación económica.
En muchos casos, la vivienda mantiene su consideración de habitual si el adjudicatario continúa residiendo en ella y se cumplen los requisitos exigidos.
División del patrimonio
La división y reparto de los bienes puede dar lugar a alteraciones patrimoniales. Si el reparto no es equitativo, pueden generarse ganancias o pérdidas que deban reflejarse en la declaración del IRPF o, en determinados supuestos, tributar por otros impuestos.
Impuesto sobre el Patrimonio tras el divorcio
Una vez disuelto el matrimonio, el patrimonio deja de ser común. A partir de ese momento, cada ex-cónyuge debe declarar únicamente los bienes y derechos que formen parte de su patrimonio individual, sin considerar los bienes como compartidos.
Otros aspectos fiscales a tener en cuenta
Existen deducciones y reducciones fiscales que pueden verse afectadas por el divorcio, como las relacionadas con descendientes, discapacidad o familia numerosa. Además, es fundamental comunicar a Hacienda cualquier cambio en la situación personal y familiar para evitar incidencias futuras.
También conviene recordar que, en caso de obtener costas judiciales tras un procedimiento, estas cantidades deben incluirse en la base general del IRPF, y que los gastos de abogado y procurador no son deducibles.
La importancia de una correcta planificación fiscal
Cada divorcio es distinto y sus efectos fiscales dependen de múltiples factores: custodia, pensiones, régimen económico y reparto de bienes. Analizar estas cuestiones desde el inicio permite tomar decisiones más informadas y evitar consecuencias económicas no deseadas.
Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en divorcios en Huelva puede marcar la diferencia a la hora de afrontar el proceso con mayor seguridad. El despacho de María José López Bayón acompaña a sus clientes teniendo en cuenta no solo el aspecto familiar, sino también las implicaciones económicas que se derivan del divorcio.
👉 Si te encuentras en esta situación y quieres revisar cómo puede afectarte a nivel fiscal, puedes consultar tu caso y solicitar asesoramiento profesional.